Reiterancia 2 | Salisky Vaena & Asociados, Estudio Jurídico Contable

Reiterancia 2 | Salisky Vaena & Asociados, Estudio Jurídico Contable

Reiterancia 2 | Salisky Vaena & Asociados, Estudio Jurídico Contable

La reiterancia implica múltiples procesos penales activos contra una misma persona y puede influir en la imposición de prisión preventiva, diferenciándose de la reincidencia por no requerir condena previa.

Concepto de Reiterancia delictiva.

Se trata de múltiples procesos penales simultáneos o sucesivos contra una misma persona. ​
Requiere convocatoria para la formalización de la investigación penal preparatoria.
Quien es convocado se considera imputado a los fines de la aplicación de la reiterancia.
El delito imputado debe tener prevista pena privativa de libertad. ​

Relevancia: Evaluación del peligro procesal en la determinación de la prisión preventiva como medida de coerción.

Artículo clave: Ley 27785- Art. 17.

Evaluación de la Reiterancia -Art. 222 bis ley 27785.

  • Se deben analizar las siguientes variables:
  • Los procesos pendientes o condenas previas.
  • La conducta procesal del imputado.
  • Riesgo de reincidencia. ​
  • Incumplimiento de medidas de coerción menos gravosas procesos previos​.
  • Importancia y extensión del daño causado a la víctima​.
  • Que haya intentado al momento del hecho eludir la acción de la Justicia o haya resistido, de cualquier modo, el obrar de una fuerza de seguridad.
  • El haber obrado con violencia contra los bienes o sobre las personas.
  • Que la conducta delictiva imputada haya sido cometida con armas o por más de dos (2) personas.
  • Haber proporcionado información falsa sobre su identidad. ​
Reiterancia 2 | Salisky Vaena & Asociados, Estudio Jurídico Contable

Reiterancia 2 | Salisky Vaena & Asociados, Estudio Jurídico Contable

Reiterancia 2 | Salisky Vaena & Asociados, Estudio Jurídico Contable

Análisis con los recaudos para la prisión preventiva.

La prisión preventiva requiere analizar la presencia del riesgo procesal compuesto por el peligro de fuga y el peligro de entorpecimiento de la investigación. ​

La reitarancia aparece como un tercer criterio para la evaluación del riesgo procesal en la imposición de la medida de coerción más gravosa.

Diferencias entre Reiterancia y Reincidencia.

El concepto de reiterancia comprende múltiples procesos simultáneos o sucesivos, implica proceso penal (medidas de coerción /prisión preventiva), basado en peligro procesal pudiendo determinar prisión preventiva. ​

A su vez, la reincidencia considera un nuevo delito tras una condena previa. ​ Implica condena penal (agravación de penas), basado en culpabilidad del imputado y agravación de la pena impuesta. ​

Reflexión final.

La reiterancia al igual que los clásicos recaudos procesales para evaluar el riesgo procesal, no quita a los jueces las facultades de evaluar el caso concreto y aplicar medidas de coerción menos gravosas.

La prisión preventiva es el último recurso con el cual se cautela el riesgo procesal, cuando no es posible adoptar otras medidas menos gravosas.

La reiterancia no debe erigirse como presunción de culpabilidad, ni hacer de la prisión preventiva un adelanto de pena. La libertad en el proceso penal sigue siendo la regla y su restricción la excepción y que como tal debe analizarse con criterio restrictivo.

Sobre el autor: Lucio Salisky
Abogado especializado en derecho penal tributario y aduanero, con experiencia en derecho empresarial y publicaciones sobre derecho procesal.