
Monotributo y alquileres: exención de Ganancias y cuota
Monotributo y alquileres: cuándo la exención de Ganancias no libera de la cuota.
La exención de Ganancias por alquileres de vivienda no siempre libera de la cuota del Monotributo. Conocé los requisitos del RELI y cuándo aplica.
Qué requisitos deben cumplirse para que los alquileres de vivienda queden exentos de la cuota del Monotributo.
Desde Salisky, Vaena & Asociados, estudio jurídico y contable en Belgrano, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, te comentamos un tema que confunde a muchos propietarios monotributistas en Capital Federal y todo el país.
Con la reforma laboral (Ley 27.802), los ingresos por alquiler de vivienda quedaron exentos del Impuesto a las Ganancias para las personas físicas, con vigencia desde el 1° de enero de 2026. El beneficio alcanza a la “casa-habitación”: el inmueble destinado a vivienda única, familiar y de ocupación permanente del inquilino.
Hasta acá, buena noticia. El problema es que muchos propietarios monotributistas dan por hecho que esa exención se traslada automáticamente al Monotributo. No es así, y confundir un régimen con el otro puede terminar en una recategorización mal hecha o en el pago de una cuota que no correspondía.
El Monotributo no replica la exención de Ganancias
El Monotributo no contempla, como regla general, una exclusión para los ingresos que están exentos en Ganancias o en IVA. En la práctica, esto significa que, si seguís en el régimen simplificado, el alquiler cobrado se sigue computando para definir tu categoría y, salvo que se cumplan condiciones puntuales, seguís pagando el impuesto integrado (la cuota) por esa actividad.
Cuándo el alquiler queda exento también en el Monotributo
El beneficio existe, pero no es automático: se accede cumpliendo estos requisitos en conjunto:
- Alquilar hasta dos inmuebles.
- Que esa sea la única actividad del contribuyente dentro del Monotributo.
- Que los contratos estén registrados en el RELI (Registro de Locaciones de Inmuebles) de ARCA.
Cumpliendo los tres puntos, el monotributista queda exento de la cuota impositiva por esa actividad.

RELI y requisitos para la exención de la cuota del Monotributo
Requisitos del Monotributo y rol del RELI para acceder a la exención de la cuota.
El RELI dejó de ser obligatorio en general, pero acá sigue siendo la llave
ARCA eliminó la obligación general de registrar los contratos de alquiler en el RELI. Sin embargo, para acceder a este beneficio puntual en el Monotributo, la registración en el RELI sigue siendo un requisito: sin contrato registrado, no hay exención de cuota, aunque el ingreso esté exento en Ganancias.
Monotributo o régimen general: conviene mirarlo con calculadora en mano
Para quienes alquilan y además trabajan en relación de dependencia, en algunos casos puede convenir dar de baja el Monotributo por esa actividad, ya que el alquiler queda exento igual y evita mantener una inscripción que ya no aporta beneficio impositivo. En el caso de quienes adhieren al Monotributo exclusivamente por la locación de bienes muebles y/o inmuebles, no corresponde ingresar las cotizaciones al régimen de la seguridad social ni a la obra social por esa actividad, por lo que mantener la inscripción no genera por sí mismo esos aportes.
No hay una respuesta única: depende de cuántos inmuebles alquilás, si tenés otras actividades en el Monotributo, tu situación previsional y si te conviene o no mantener la cobertura de obra social del régimen simplificado.
En síntesis
La exención de Ganancias para alquileres de vivienda es automática desde enero de 2026. La exención de la cuota del Monotributo, no: exige hasta dos inmuebles, que sea tu única actividad y el contrato registrado en el RELI. Si alguno de esos requisitos no se cumple, seguís dentro del régimen general del Monotributo para esa actividad.
Si alquilás un inmueble y no tenés claro si te conviene seguir en el Monotributo, dar de baja la actividad o pasar al régimen general, en Salisky, Vaena & Asociados podemos revisar tu caso puntual y la registración en el RELI.
Si buscás un estudio contable en Belgrano o un estudio jurídico contable en Capital Federal para asesorarte en Monotributo, Ganancias, alquileres o cualquier otro tema impositivo, laboral o societario, escribinos.
Salisky, Vaena & Asociados — Estudio Jurídico Contable, Belgrano, CABA.